Centro asesor de la mujer y agente igualdad - ayto-lena
Centro asesor de la mujer y agente igualdad
Este servicio se da en la Casa de encuentros de mujeres situada en:
Parque de la Ería s/n
33630, La Pola, Lena (Asturias)
Tlf: 985 49 12 23
Horario 9:00 a 14:00.
Asesoramiento Jurídico
Días de Atención Presencial: Lunes y Jueves.
Teléfono Asesoramiento Jurídico (WhatsApp): 652 383 451.
Correo electrónico: cam@aller.es
Asesoramiento Psicológico
Días de Atención Presencial: Jueves.
Teléfono Asesoramiento Psicológico (WhatsApp)): 684 668 797.
Correo electrónico: psicologacam@aller.es
ASESORAMIENTO JURÍDICO
Servicio de información y asesoramiento legal, totalmente gratuito, para la adecuada defensa y ejercicio de los derechos de la mujer, en los que se respeta totalmente la confidencialidad de la usuaria, al que se puede acceder mediante consultas personales o telefónicas.
Funciones:
1. Colaborar con la Administración del Principado de Asturias y con el resto de recursos locales en la coordinación y seguimiento de acciones de desarrollo de las políticas de igualdad y de prevención y sensibilización de la violencia de género,
2. Desarrollar desde el ámbito municipal, de manera conjunta con los servicios sociales generales, las labores de evaluación e información de situaciones de necesidad social como las que enfrentan las mujeres víctimas de violencia de género.
3. Prestar información y asesoramiento jurídico gratuito a mujeres en todos los ámbitos del Derecho, y también cuando su demanda tanto individual como colectiva tenga relación con cuestiones de discriminación por razón de sexo, lo que incluye la recogida y tramitación de denuncias por discriminación salarial, con el objetivo de evitar la exclusión social.
4. Prestar atención integral y asesoramiento especializado a mujeres víctimas de violencia de género. En desarrollo del Protocolo Interdepartamental para mejorar la atención a las mujeres víctimas de violencia de género, el centro asesor de la mujer actuará como responsable de caso y tendrá la labor de informar, asesorar, coordinar y realizar el seguimiento de los procedimientos judiciales y administrativos, lo cual se concreta en las siguientes funciones:
a) Prestar información y asesoramiento jurídico gratuito a mujeres víctimas de violencia de género.
b) Realizar el seguimiento de los procedimientos judiciales de todo tipo que afecten a la mujer víctima de violencia de género, actuando de forma coordinada con el abogado o abogada que desarrolle la defensa jurídica de la mujer. Su labor incluirá el asesoramiento, explicación de los distintos procedimientos judiciales, acompañamiento en el desarrollo de los mismos y colaboración con la letrada o letrado que tenga asignada esta labor. Con el fin de poder llevar a cabo esta función, se aplicará el protocolo de colaboración con el Turno de Oficio especializado en violencia de género del Colegio de la Abogacía de Gijón y del Colegio de Abogados de Oviedo.
c) Realizar la coordinación y seguimiento con la totalidad de recursos de atención a mujeres víctimas de violencia de género.
5. Acreditación de la condición de víctima de violencia de género prevista en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
6. Acreditación de situaciones de riesgo de trata, explotación sexual y situaciones de vulnerabilidad de mujeres en contextos de prostitución para el acceso a medidas de apoyo habitacional y económico, previo informe de las entidades que trabajan en la materia.
ASESORAMIENTO PSICOLÓGICO:
Servicio de atención, apoyo y acompañamiento psicológico a mujeres víctimas de violencia de género. Totalmente gratuito, para la adecuada defensa y ejercicio de los derechos de la mujer, en los que se respeta totalmente la confidencialidad de la usuaria, al que se puede acceder mediante consultas personales o telefónicas.
Funciones:
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Realizar la valoración de la demanda y de las necesidades individuales de cada mujer.
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Proporcionar apoyos en la relación de cada mujer con sus hijas e hijos tras la ruptura o separación.
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Proporcionar apoyo a menores víctimas de violencia de género y a hijas e hijos huérfanos de víctimas de violencia de género.
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Proporcionar información y asesoramiento a familiares y amistades cercanas a mujeres víctimas de violencia de género en caso de ser necesario.
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Garantizar apoyo psicológico ante situaciones de abusos y/o agresiones sexuales o cualquier tipo de violencia sexual contra las mujeres. En caso de agresiones o abusos sexuales, se actuará de forma coordinada con el Centro de Crisis para víctimas de agresiones sexuales del Principado de Asturias, realizando la derivación de los casos.
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Valorar la necesidad de derivación a servicios especializados en la atención a mujeres víctimas de violencia de género.
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Diseñar e implementar programas de sensibilización y formación para la promoción de la igualdad y la prevención de la violencia de género, para los Ayuntamientos del ámbito territorial del centro asesor.
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Realizar la coordinación y el seguimiento de cada caso juntamente con el servicio de asesoramiento jurídico, así como con la totalidad de recursos de atención a mujeres víctimas de violencia de género, para realizar una intervención multidisciplinar: servicios sociales; salud; fuerzas y cuerpos de seguridad del estado; red de casas de acogida, empleo; etc.
